El mundo entenderá y asumirá el legado del Comandante Chávez porque en él está su salvación...
jueves, 18 de mayo de 2017
¿POR QUÉ ATACAN A LOS COLECTIVOS?
viernes, 31 de marzo de 2017
EL NEOGOLPE INTERNACIONAL CONTRA VENEZUELA
- Presenciamos en caliente una nueva arremetida, especie de “Formato Abril 2002 Recargado”, ahora con actores internacionales secundados por la Derecha interna haciendo el show mediático para justificar las nuevas formas de golpes de Estado que diseñan desde los Estados Unidos para el mundo o como lo ha denominado el experto brasileño en Sociología Jurídica Boaventura De Sousa Santos el “NEOGOLPE”.
- Gobiernos de Derecha en Latinoamérica, algunos de ellos ya hijos del “NEOGOLPE” como Brasil o Paraguay, inician una arremetida contra Venezuela amparados en una manipulada interpretación de dos sentencias del TSJ, acusando al poder judicial de “golpe de Estado” como excusa para adelantar un “NEOGOLPE” contra el país.
- Tal como lo han explicado diversos estudiosos del tema constitucional hasta la saciedad, el TSJ no ha disuelto, ni de hecho ni de derecho a la AN, al contrario, es esta quien sistemáticamente ha venido incumpliendo sus obligaciones y competencias constitucionales, pretendiendo convertirse en un supra poder omnímodo que puede hacer y deshacer en el Estado.
- Por supuesto, Venezuela no es Brasil o Paraguay, y los formatos de “Neogolpes” orquestados desde sus poderes legislativos con decididos conciertos de los poderes judiciales y sectores militares, no funcionaron ni funcionarán aquí porque existe un Estado verdadero, alejado de los intereses empresariales gringos, que hace respetar los principios constitucionales de independencia y autodeterminación por encima de cualquier otra consideración.
- Ante el fracaso reiterado de la Derecha interna, la batuta del “Neogolpe” la toma Almagro como director de una triste orquesta internacional que pretende revivir el Plan Cóndor e instalar de nuevo el gorilismo en América Latina. La MUD y la auto-anulada AN son sólo peones de este ajedrez, apenas actores de reparto o hasta extras, en el “Neogolpe” de formato internacional que se gesta contra la Patria.
- Pero fieles a su paradigma oligárquico, en sus ecuaciones sólo cuentan con Twitter, Facebook, Instagram, medios internacionales, traidores internos y otros ingredientes parecidos. No toman en cuenta al principal actor de todo esto, el Pueblo Venezolano que está expectante y preparado para defender sus derechos a ser libre y soberano por encima de cualquier circunstancia.
- Vengan con su “Neogolpe”… los estamos esperando.
sábado, 7 de enero de 2017
EL COMPROMISO DEL GOBIERNO COLOMBIANO CON EL COMPLOT CONTRA VENEZUELA
Aunque no tan esperada, no es de extrañar la decisión del gobierno de nuestra hermana nación, expresada a través de su Canciller, de evitar el tráfico vehicular de Colombia hacia Venezuela motivado a la implementación de las estaciones de gasolina pagaderas en pesos colombianos. En efecto, esta medida no es más que una desesperada quitada de máscara con respecto a lo que es su compromiso de ataque permanente a nuestra moneda en el marco del complot internacional que se cierne contra Venezuela.
De esta forma, con base a la justa defensa en la persecución y ataque a mafias fronterizas ilegales que se han dedicado al contrabando y comercialización de todo tipo de bienes venezolanos, se implementó el establecimiento de estaciones de gasolina y ofrecimiento en el marco de la ley de otros productos venezolanos en pesos colombianos a precios competitivos, por lo que ahora la población colombiana requiere poseer mayor cantidad de su moneda para acceder al combustible. Como consecuencia, esto afecta el artificial precio fronterizo del bolívar con respecto al peso y por tanto a la tarea que ejecuta por medio de su inefable y tan defendida “resolución 8”. No olvidemos que el precio oficial del bolívar en Colombia ronda los 300 pesos y a través de dicho instrumento legal el gobierno colombiano propicia la venta de la moneda venezolana en la frontera a una proporción que ronda un peso por bolívar con el fin de darle algún basamento a la referencia irreal que se emite a través de dólar today y otras páginas similares, lo que es piedra angular para la agresión económica a Venezuela.
Así, creíamos que dábamos un golpe a las mafias pero –¡oh sorpresa!- o no tanto, salió a su defensa el mismísimo gobierno de Colombia. Por supuesto, la medida venezolana tuvo como primer gran efecto forzarlo a que no tuviera otra opción que tomar su máscara y tirarla al piso para dejar en claro que el ataque a la moneda a través del protocolo Cúcuta-“resolución 8”-dólar today tiene como ejecutor silente y sonriente a la quienes dirigen nuestro vecino. Muy bien, es importante saberlo.
Lo trascendente es que también sabemos que le estamos metiendo la estaca en el corazón al vampiro. Las medidas de defensa de nuestra Economía y del derecho del Pueblo a vivir bien deben continuar y profundizarse. Sigamos tumbando máscaras y derrotando la agresión económica contra la Patria.
¡Estamos Venciendo!
Abogado
ferrerdupuy.blogspot.com
@ferrerdupuy
ferrerdupuy@gmail.com
domingo, 10 de julio de 2016
REFERENDO “EXPRESS” VS CRBV
En este contexto, la parcialidad opositora ha venido tomando acciones en dos sentidos muy bien definidos: por un lado, llevar adelante el procedimiento (no exento de manipulaciones y trampas pero que no es objeto del presente análisis) y por la otra, ejecutar acciones de carácter nacional e internacional para impulsar un “Referendo Express".
En efecto, una vez más los factores de la derecha venezolana, en ejecución de los designios de sus jefes del norte, pretende tergiversar la naturaleza, propósito y razón de una institución constitucional para disfrazar planes de toma fáctica del poder, envueltos en una verdadera ficción de legalidad y con vagos subterfugios de democracia interpretada a su conveniencia.
Bajo este marco, se hace imperativo aclarar de la forma más sencilla posible el concepto y alcance de la figura Constitucional denominada Referendo Revocatorio. Aclarando siempre que la misma es un histórico aporte de nuestro Comandante Chávez y que precisamente es propia de la Democracia Participativa y Protagónica y nunca parte de la Democracia Representativa propia de la derecha y sobre la cual se fundamenta la vetusta OEA. Por lo cual debemos tener claro que en el supuesto negado que estos factores tomaran el poder político, esta sería una de las primeras instituciones de las que despojarían al pueblo.
De esta forma, reiteramos entonces que el Referendo Revocatorio deviene de un sistema perfectamente descrito en el título I Constitucional que se encarga de caracterizar la nueva concepción de Democracia que se ha venido imponiendo, en la que el ejercicio de la soberanía es reconocido como bien exclusivo e intransferible del Pueblo, bajo preceptos de libertad, independencia, la justicia social, la prosperidad y otros que marcan distancia definitiva de la concepción burguesa del Estado al servicio de los intereses de élites configurado en la Constitución de 1961.
Bajo este fundamento, el Constituyentista incluyó en el artículo 72 la posibilidad de terminación anticipada por voluntad del pueblo del período para los que hayan sido electos cualquier tipo de funcionario o funcionaria. Siendo esta una de la variada gama de posibilidades que la Revolución reconoció para el ejercicio efectivo del poder soberano.
Entonces nos preguntamos ¿Qué es el Referendo Revocatorio? Podemos decir, de manera general, que es uno de los tipos de consulta vinculante que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prevé para el ejercicio del poder soberano del Pueblo y cuyo efecto, en caso de aprobación popular y en el marco de la normativa aplicable, es la terminación anticipada del mandato del funcionario o funcionaria en cargo de elección popular objeto de dicho procedimiento.
En este marco, en la actualidad nadie pone en duda la existencia misma de esta institución ampliamente defendida por Hugo Chávez y por el pueblo durante casi dos décadas. Las tretas imperiales comienzan por reconocer su existencia y echar mano de ella, pero bajo sus propias reglas y manipulaciones mediáticas.
Por ello, la parcialidad opositora crea un imaginario de cumplimiento de la normativa al tiempo que, lleva adelante enormes presiones comunicacionales y políticas, para que sea el Estado quien incumpla con la misma a través de procedimientos no previstos.
De esta manera, debemos observar la Constitución como un todo y no de forma aislada. Así como la Norma Suprema establece esta institución, también regula la duración de los períodos de los más altos funcionarios y funcionarias en cargos de elección popular que en el caso del Presidente o Presidenta de la República es por seis años.
Por tanto, resulta obvio que hay un derecho de cada ciudadano y ciudadana de la República Bolivariana de Venezuela, devenido inmediatamente de cada proceso electoral y es que el funcionario o funcionaria favorecido con el voto cumpla de principio a fin el período para ser electo. En otras palabras, las mujeres y los hombres de Venezuela tenemos el derecho de que nuestro Presidente Maduro culmine el período presidencial 2013-2019.
Entonces, ante el principio de que las personas favorecidas en un evento electoral deben agotar completamente el período para el cual fue electo, la posibilidad de culminación anticipada del mandato por la revocación del mismo se constituye en una excepción.
De esta forma, cualquier parcialidad política que pretenda la culminación anticipada del mandato de un funcionario o funcionaria en cargo de elección popular, deberá convocar el poder soberano del Pueblo para que este decida si renuncia o no a su derecho adquirido en un proceso electoral. Para ello, deberán cumplir de forma cabal, transparente e inequívoca todos los pasos, requisitos y lapsos para la activación del sagrado poder soberano.
Es allí donde el órgano que tiene la competencia de servir de instrumento para garantizar el cumplimiento de la voluntad del pueblo, organizará lo conducente para que se realice a través del voto, tal como lo es el Poder Electoral, quien debe asegurar la observancia de los protocolos mínimos que eviten vicios que afecten el acatamiento del verdadero mandato del soberano.
Por otra parte, es necesario analizar la oportunidad del Referendo Revocatorio. Quienes pretenden llevar adelante dicho procedimiento, se encuentran realizando todo tipo de presiones para que el evento se realice en el presente año, intentando así que se relaje cualquier tipo de verificación de cumplimiento de extremos para el mismo.
Así, se ha tratado de confundir al pueblo diciendo de forma mal intencionada que el evento refrendario debe llevarse a cabo a mitad del período Constitucional. Con la simple lectura del primer parágrafo del artículo 72 Constitucional observamos que el mismo indica que cumplida dicha condición temporal, un grupo no menor del veinte por ciento de los inscritos en el Registro Electoral Permanente (REP) podrán SOLICITAR LA CONVOCATORIA del Referendo Revocatorio, lo cual es muy distinto a decir que se realizará dicho evento.
Ahora bien, el Texto Constitucional exige una condición cuantitativa: deben solicitarlo un número no menor al veinte por ciento de los inscritos en el REP. Aquí hay otro elemento ¿Quién determina que en efecto lo solicitó ese número? Por mandato Constitucional es el Poder Electoral a través del Consejo Nacional Electoral, quien debe seguir protocolos de actuación que garanticen, en primer término que efectivamente sean ciudadanos y ciudadanas inscritas en el REP y habilitados para el ejercicio de sus derechos políticos, en segundo término, asegurar la verdadera identidad y voluntad de los solicitantes, evitando en la mayor medida posible tácticas de suplantaciones de identidad como firmas, huellas y cualquier otro elemento forjado o manipulado; luego, asegurar que los inscritos en el REP que verdaderamente tienen la voluntad de solicitar el Revocatorio representen un número no menor a un veinte por ciento.
Es así, como de todo ello deviene un necesario protocolo de actuación que resguarde y blinde la verdadera intención del pueblo expresada en una elección.
Por esta razón, la solicitud de “Referendo Express”, esto es, la relajación del necesario procedimiento, constituye un golpe de Estado con ropaje institucional y máscara de democracia que, no lograría ocultar el verdadero rostro autocrático y opresor de quienes pretenden conculcar el sagrado derecho del ejercicio soberano por parte el Pueblo venezolano y, que no tendríamos dudas que lo que lograría sería la activación del Poder Constituyente para el inmediato reestablecimiento de la Democracia Participativa y Protagónica legada por Hugo Rafael Chávez Frías.